Información sobre la Ley de Mutualidades Alternativas

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 23 de julio de 2026 la reforma de la Ley General de la Seguridad Social que introduce algunos cambios en la regulación de las mutualidades alternativas al sistema público.

En línea con nuestro compromiso de transparencia, queremos explicarte de forma clara qué se ha aprobado y qué puede significa para ti.

La reforma se dirige exclusivamente a los mutualistas que sean o hayan sido alternativos,  es decir, a aquellos profesionales autónomos que cotizan o cotizaron a través de Mutualidad como alternativa al sistema público.

Se trata de un paso relevante, sin embargo, los elementos esenciales de la norma se concretarán en el Reglamento que se desarrollará en los próximos tres meses, por lo que todavía no es posible valorar casos individuales.
Consultar aquí el texto completo de ley (se abre en una nueva ventana)

¿Qué se ha aprobado?

¿Cómo ha contribuido Mutualidad a la Ley?

Desde Mutualidad hemos participado activamente, desde el inicio, en el debate sobre la pasarela al RETA, defendiendo los intereses de nuestros mutualistas y contribuyendo a reforzar la seguridad jurídica del modelo.

1. Hemos impulsado el mantenimiento de la alternatividad en España, preservando la libertad de elección de los profesionales para decidir su sistema de previsión social.

2. Hemos logrado que las transferencias vinculadas a la pasarela al RETA estén exentas de tributación, evitando una carga fiscal adicional para los mutualistas.

3. Hemos mejorado la calidad de vida de los mutualistas pasivos, logrando que les concedan el complemento a mínimos.

4. Hemos promovido medidas que facilitan a las mutualidades el acceso a la información tributaria necesaria para el cálculo de las cuotas, aportando mayor agilidad y seguridad al proceso.

¿Qué significa para ti?

Si eres o has sido mutualista alternativo

 

  1. Se mantiene la alternatividad, por lo que puedes seguir contribuyendo tu ahorro en Mutualidad.
  2. Tu ahorro se verá incrementado de forma progresiva, ya que las cuotas de los mutualistas en su condición de alternativos aumentarán gradualmente hasta equipararse al 100% de la cuota de la Seguridad Social. Este incremento se realizará de manera escalonada: 86% en 2026, 93% en 2027 y 100% en 2028. Como consecuencia, las aportaciones realizadas serán mayores y, por tanto, también lo será el ahorro acumulado.
  3. La Pasarela al RETA te permitirá decidir, de manera voluntaria, si quieres transferir tus derechos económicos acumulados en productos que cumplan su función alternativa. Revisa las condiciones en detalle aquí. Debes tener en cuenta que:
    • Podrás mantener el resto de productos que tengas contratados en Mutualidad.
    • Los elementos esenciales de la norma se concretarán en el Reglamento que está por desarrollarse.
    • Si tienes alguna duda o quieres consultar el importe acumulado en tu póliza, podrás hacerlo a través de tu área privada o del siguiente formulario.

 

Si tienes ahorro voluntario en Mutualidad

No tiene ningún impacto para ti, ni para Mutualidad, continuamos operando con normalidad. Nuestro modelo se basa en la capitalización individual, lo que implica que los derechos económicos de cada mutualista dependen exclusivamente de sus aportaciones y de la rentabilidad que generamos (4,83% de media en los últimos 20 años), menos los gastos de gestión.

Esto supone que como mutualista mantienes una cuenta de posición independiente, por lo que las decisiones que puedan adoptar otros mutualistas no afectan a tu ahorro ni a tus derechos económicos.

Es importante recordar que contamos con una sólida posición financiera, con más de 11.000 millones de euros gestionados, una ratio de solvencia del 223%, más del doble de lo exigido por el regulador y un modelo de negocio diversificado en el que más del 70% de las nuevas primas provienen de ahorro voluntario

Mutualidad:
cifras negocio 2025

Récord histórico primas

766 MM€

Millones de euros de ahorro gestionado

11.181

Ránking de grupos aseguradores de vida

5º puesto

Ratio de Solvencia

223%

Fondos propios no comprometidos

695,5 MM€

Rentabilidad bruta

4,47%

Dividendo mutual

500,95 MM€

¿Alguna duda sobre
la Pasarela?

¿Es obligatoria la pasarela?

No. La pasarela al RETA será voluntaria.
¿Puedo pasarme al RETA y mantener otros productos en Mutualidad?

Sí, la pasarela es una opción voluntaria, no una obligación. Quien desee continuar en Mutualidad para cubrir su previsión social podrá hacerlo.

Y quien traslade su ahorro alternativo al RETA podrá seguir siendo mutualista de Mutualidad a través de sus productos de ahorro complementario y previsión voluntaria, que quedan fuera del ámbito de la ley; la decisión no es excluyente.

Puedes ver todos los productos complementarios que ofrecemos en Mutualidad.

¿En qué plazo puede solicitarse el cambio al RETA?

Los aspectos clave, como el cálculo de los derechos o su conversión en cotizaciones, quedan pendientes de desarrollo reglamentario, que deberá elaborarse con un plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley.

A partir de la aprobación de este reglamento, el plazo de solicitud para la transferencia será de 1 año.

En Mutualidad ofreceremos toda la información actualizada y veraz de manera transparente.

¿Dónde puedo consultar exactamente cuánto ahorro tengo acumulado?

En tu área privada de la app o la web, tienes disponible toda la información de la evolución de tu ahorro, así como tus informes trimestrales en los que se refleja el seguimiento periódico y transparente de las aportaciones realizadas.

Si necesitas información más detallada sobre tu situación, también puedes solicitarla a través del formulario o de los canales habituales de Atención al Mutualista.

¿La elección entre Mutualidad y RETA es definitiva?

Sí. Si un mutualista decide acogerse a la pasarela al RETA y se completa la transferencia de sus derechos económicos conforme a lo previsto en la ley, la decisión tiene carácter irrevocable y no podrá revertirse posteriormente.

No obstante, los aspectos operativos y los requisitos concretos de la pasarela deberán desarrollarse en el futuro reglamento. Por este motivo, será importante analizar toda la información, una vez disponible.

¿Cuándo se desarrollará el reglamento?
Según se regula en la norma, el desarrollo del reglamento debe elaborarse en un plazo máximo de 3 meses desde la entrada en vigor de la ley.

Resolvemos tus dudas

En Mutualidad estamos comprometidos con resolver las preguntas más frecuentes de los mutualistas de una manera directa y transparente.

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Pasarela al RETA

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