Fallecimiento por accidente |
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Incapacidad Permanente Absoluta | Te garantiza el cobro de una renta o de un capital único por la suma asegurada que tú escojas, en caso de que por un accidente no pudieras seguir ejerciendo tu profesión ni cualquier otra. |
Incapacidad Permanente Parcial | Te garantiza el cobro de un porcentaje de la suma asegurada por las lesiones o pérdidas anatómico-funcionales de carácter permanente, en función de la gravedad de las mismas, según el baremo incluido en el contrato. |
Coberturas adicionales | - Implantación de prótesis ortopédica, en caso de ser necesaria, hasta 5.000 euros.
- Cirugía plástica reparadora hasta 2.500 euros.
- Adaptación de la vivienda, el despacho y/o el automóvil hasta 2.500 euros.
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Cobertura opcional de Incapacidad Permanente por accidente de circulación | La Mutualidad duplica el valor de la prestación en caso de que la contingencia se produzca por los siguientes supuestos:
- Como peatón cuando el accidente sea causado por un vehículo.
- Como conductor, pasajero o usuario de un vehículo terrestre.
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