• Inicio
  • Contrato Ayuda Reembolsable

Contrato Ayuda Reembolsable

CONTRATO DE AYUDA REEMBOLSABLE SIN INTERESES

El presente Contrato tiene por objeto regular las condiciones necesarias para la contratación de la Ayuda reembolsable sin intereses que concede la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de previsión Social a Prima Fija.

 

CONDICIONES PARTICULARES

  1. Fecha de Contratación:
  2. Mutualista:
  3. D.N.I. del Mutualista:
  4. Domicilio del Mutualista:
  5. Número de Ayuda:
  6. Principal de la Ayuda: TRES MIL EUROS, 3.000.
  7. Duración: desde la Fecha de Inicio hasta la Fecha de Vencimiento.
  8. Fecha de Vencimiento: 1 de enero de 2027, salvo que los tres (3) meses previos al vencimiento del seguro utilizado para cumplir la obligación del Mutualista de alta y cotización como alternativa al RETA sea anterior, en cuyo caso será esa fecha anterior.
  9. Período de Carencia: desde la Fecha de Inicio hasta el 1-1-2024.
  10. Número de cuotas:
  11. Periodicidad de las cuotas: mensual.
  12. Importe cuota mensual:
  13. Tipo de Interés: 0% anual.
  14. Tipo de penalización por demora: Interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue.
  15. Comisiones: sin comisiones.
    • De estudio: 0 €.
    • De apertura: 0 €.
    • De reclamación de cuotas impagadas: 0 €.
  16. Compensación por reembolso total anticipado: 0 €.

 

MANIFESTACIONES

1. En el contexto de la situación económica vigente, la Mutualidad desea apoyar especialmente a aquellos Mutualistas que están sufriendo un mayor impacto económico.

2. En este marco, la Mutualidad desea atender las situaciones de necesidad de los mutualistas a través de iniciativas vinculadas a las operaciones de seguro de la Mutualidad. En este sentido, desea poner a disposición de los Mutualistas que cumplan las condiciones requeridas, y con sujeción a los términos previstos en este Contrato, la financiación que puedan necesitar para cubrir las necesidades de liquidez asociadas a continuar el ejercicio profesional de la abogacía por cuenta propia.

3. El presente contrato de préstamo simple sin intereses, se suscribe de acuerdo con los artículos 1.753 y 1755 del Código Civil. Si bien la concesión de préstamos no es una actividad propia de la Mutualidad, ésta se aborda con carácter excepcional, articulándose en base al artículo 9 de sus Estatutos, sobre el Objeto Social, en el que su párrafo tercero señala como acciones sociales aquellas que tengan por objeto atender las situaciones de necesidad de los pensionistas y mutualistas.

Los recursos destinados a esta acción social no afectan a la actividad aseguradora de la Mutualidad, concretamente ni a sus provisiones técnicas, ni al capital de solvencia obligatorio, ni al capital mínimo obligatorio, pues son de su libre disposición. Dichos recursos están limitados al importe total acordado por la Junta de gobierno (5 millones de euros) para la concesión de esta prestación social a los mutualistas.

4. El Prestatario es titular de un contrato de seguro con la Mutualidad, alternativo al Régimen de Autónomos, y en su condición de profesional autónomo, está interesado en obtener un préstamo-ayuda de la Mutualidad (en adelante, “el Préstamo-Ayuda” o “la Ayuda”).

5. La Mutualidad (“la Prestamista”) se halla en disposición de proporcionar la Ayuda al Prestatario en las condiciones que a continuación se indicarán.

6. Que, reunidas las Partes, éstas han expresado su voluntad de regular los términos y condiciones que regirán la citada Ayuda, motivo por el cual las Partes suscriben el presente contrato de Ayuda (en adelante, el “Contrato”) que se sujetará a las siguientes Condiciones Particulares y Condiciones Generales.

 

CONDICIONES GENERALES

1. Partes

1.1 De una parte, Rafael Navas Lanchas, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en Calle de Serrano, 9, 28001, Madrid, provisto de D.N.I. número *0*8*9*S, en nombre y representación de La Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, con CIF V28024149, y domicilio social a estos efectos en Calle de Serrano, 9, 28001, Madrid, inscrita en el registro administrativo especial de entidades aseguradoras y reaseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (en adelanta ”DGSFP”) con la clave P2131, (en adelante, la “Mutualidad” o “Prestamista”).

1.2 De otra parte, el Mutualista identificado en la Condiciones Particulares, con el D.N.I. y domicilio consignado a esos efectos, (en adelante, el “Mutualista” o “Prestatario”).

1.3 En adelante, referidos conjuntamente como las “Partes” y cualquiera de ellos, separadamente, como una “Parte”.

 

2. Requisitos exigidos para acceder a la Ayuda

2.1 El Mutualista declara cumplir los requisitos mínimos para acceder a la Ayuda de la Mutualidad, en particular:

1. Tener la condición de Mutualista.

2. Ser titular de un contrato de Sistema Profesional o Plan Básico alternativo al Régimen especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (“RETA”), y en este sentido declara estar actuando en el contexto de solicitar una financiación que está relacionada con su actividad comercial o profesional.

3. Encontrarse en situación de alta como alternativo, es decir, al corriente de pago de sus aportaciones obligatorias al Sistema Profesional o Plan Básico que tenga contratado para cumplir su obligación alternativa al alta y cotización al RETA o bien con alguna cuota pendiente de pago en los productos mencionados que tenga una antigüedad desde su vencimiento inferior a 24 meses.

4. Encontrarse en situación de Cese de actividad (baja IAE) o de Reducción de Ingresos de la actividad superior al 30% en los dos primeros trimestres del año 2023 con respecto al mismo periodo impositivo del ejercicio anterior.

5. Que la Mutualidad no tenga, respecto al Mutualista, ninguna anotación preventiva de embargo.

6. Efectuar la solicitud de la Ayuda con anterioridad al 15-12-2023. La solicitud solo se entenderá efectuada una vez se aporte la documentación requerida por la Mutualidad para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la Ayuda.

2.2 El Prestamista se reserva el derecho de analizar la información relativa al cumplimiento de los anteriores requisitos, así como de reclamar al Prestatario la documentación relativa a su identificación y sobre el cumplimiento de los mismos que considere necesaria, justificando siempre su uso y explicando su tratamiento, contemplando en todo momento el compromiso con la confidencialidad de sus datos, conforme a su Política de Privacidad.

 

3. Objeto de la Ayuda

3.1 La Prestamista concede en este acto al Prestatario, quien acepta, una Ayuda por el importe total de principal determinado en la Condición Particular 6. (en adelante “el Principal”).

3.2 La Ayuda se hace efectiva en el día 1 del mes siguiente a la aceptación de la solicitud del Mutualista (en adelante “Fecha de Inicio”) en los términos de la Condición General 4, sirviendo la firma del presente Contrato como recibo y carta de pago del citado importe.

3.3 El Prestatario se obliga a devolver el principal de la Ayuda, en los términos y condiciones que más adelante se estipulan.

 

4. Intereses

4.1 La citada Ayuda no devengará intereses ni comisiones a favor de la Mutualidad.

 

5. Disponibilidad de la Ayuda

5.1 La entrega total del Principal se realizará por ingreso por transferencia en la cuenta de corriente o a la vista de la que deberá ser titular el Mutualista, y que tendrá que coincidir con la designada para el pago de las primas de su contrato de seguro alternativo al Régimen de Autónomos (la “Cuenta Asociada”).

Dependiendo de la entidad bancaria correspondiente y debido a motivos de operativa bancaria que en ningún caso serán responsabilidad del Prestamista, el Prestatario puede recibir el importe de los fondos de la Ayuda en un plazo de entre 24 y 72 horas.

 

6. Fecha de Vencimiento del Contrato y Período de Carencia

6.1 La Fecha de Vencimiento del presente Contrato es la estipulada en la Condición Particular 8, fecha en la que la Ayuda deberá encontrarse totalmente amortizado.

6.2 La Duración del Contrato será desde su Fecha de Inicio hasta su Fecha de Vencimiento.

6.3 La Ayuda tendrá un Período de Carencia comprendido entre su Fecha de Inicio y el 1 de enero de 2024, período en que no de abonará ninguna cuota de devolución ni se devengarán penalizaciones.

 

7. Devolución de la Ayuda

7.1 A partir del transcurso del Período de Carencia, el Prestatario se compromete a restituir al Prestamista el importe debido bajo la Ayuda, en concepto de Principal, mediante cuotas mensuales iguales devengadas durante el periodo de Duración estipulado en la Condición Particular 7.

7.2 El pago de las cuotas mensuales y, en su caso, las penalizaciones aplicables, se llevará a cabo mediante cargo en la Cuenta Asociada del Mutualista en la que se hayan domiciliado las primas del Sistema Profesional o Plan Básico alternativo al RETA en los cinco (5) primeros días naturales de cada mes, momento en que cada cuota se considerará líquida, vencida y exigible.

7.3 La cuenta designada para el cargo de la Ayuda no podrá ser cancelada mientras se encuentre vigente para el Mutualista alguna de las obligaciones dimanantes del mismo sin haber facilitado anteriormente otra cuenta bancaria que la sustituya a todos los efectos del presente contrato.

7.4 El pago se considerará realizado una vez la cuota correspondiente figure como recibida en la cuenta bancaria del Prestamista.

7.5 Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento anterior a la Fecha de Vencimiento, el Prestatario podrá amortizar anticipadamente la totalidad pendiente de la Ayuda incluyendo, en su caso, las penalizaciones que se hubieran devengado, sin que ello conlleve la aplicación de comisión o penalización alguna, siempre que lo comunique al Prestamista con, al menos, quince (15) días hábiles de antelación. Para ello, deberá comunicárselo a la Mutualidad antes de que expire el plazo anterior, mediante cualquier soporte duradero accesible para el Prestatario.

 

8. Incumplimiento

8.1 En el supuesto que se produzca un incumplimiento, por cualquiera de las Partes, de las obligaciones, compromisos, disposiciones, términos, condiciones, cláusulas y/o pactos establecidos en el presente Contrato, la Parte perjudicada por el citado incumplimiento podrá optar entre exigir su cumplimiento o instar la resolución del presente Contrato.

8.2 En caso de impago de tres cuotas mensuales (periodo de gracia) el Prestamista podrá exigir al Prestatario, además del importe impagado, una penalización por mora equivalente al interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue que será aplicable a todas las cuantías vencidas (incluidas las del periodo de gracia) cuyo pago haya sido incumplido. Esta penalización se aplicará diariamente desde la fecha del incumplimiento hasta la total solvencia de las obligaciones vencidas y no satisfechas o hasta que se produzca el vencimiento anticipado en los términos previstos en la Condición General 9.

8.3 Cualquier cantidad que reciba el Prestamista, una vez vencida la Ayuda, se imputará, en primer lugar, a la penalización por impago que en su caso corresponda, y en segundo lugar al principal de la Ayuda impagada, comenzando en todo caso por las cuantías de mayor antigüedad.

8.4 De conformidad con el artículo 47.2 de los Estatutos de la Mutualidad, el mutualista reconoce y autoriza irrevocablemente a compensar las prestaciones que se devenguen de cualquiera de los productos que tenga suscritos en la Mutualidad a pagar al mutualista o a sus beneficiarios con la deuda líquida, vencida y exigible (incluyendo penalizaciones por demora si hubiere) derivada del incumplimiento de las obligaciones dimanantes de este contrato.

Se exceptúan de esta compensación las posibles indemnizaciones por incapacidad temporal profesional y rentas de incapacidad permanente.

8.5 En caso de incumplimiento por parte del Mutualista, la Mutualidad podrá reclamar la deuda, vencida, líquida y exigible derivada del incumplimiento por sí o a través de un tercero, en cualquier momento desde que éste se produzca.

 

9. Vencimiento anticipado de la Ayuda

9.1 Es causa de vencimiento anticipado del presente Contrato el fallecimiento del Prestatario.

9.2 En caso de vencimiento anticipado el Prestatario reconoce el derecho del Prestamista, y en lo menester le autoriza irrevocablemente, para compensar las cantidades que adeude a éste como consecuencia del Contrato (incluyendo el Principal y las penalizaciones debidas en su caso conforme a la Condición General 8), con cualquier prestación a pagar por la Mutualidad a sus beneficiarios de conformidad con el artículo 47.2 de los Estatutos de la Mutualidad.

 

10. Reclamación por vía judicial

10.1 Vencida la Ayuda por llegar a su Fecha de Vencimiento o por declararse su vencimiento anticipado, si el Mutualista no hiciese el pago de la suma adeudada en el mismo día del vencimiento o en el día hábil siguiente si aquel fuese festivo, la Mutualidad podrá exigir su pago por la vía judicial que en cada caso proceda.

10.2 Para el ejercicio de las acciones judiciales correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el presente contrato, incluso en caso de ejecución, bastará que a la demanda se acompañe original del presente contrato, con las formalidades exigidas en la ley y, en su caso, las que se requieran especialmente a efectos de seguir acción ejecutiva.

10.3 A efectos del eventual ejercicio de la acción ejecutiva, bastará la presentación de los documentos a los que se refiere el párrafo anterior, junto con la certificación expedida por la Mutualidad, acreditativa del saldo que resulte a cargo del Prestatario, haciéndose constar por el fedatario que intervenga a su requerimiento que dicho saldo coincide con el que aparece en los registros de la Mutualidad y que la cantidad exigible resulta de la liquidación efectuada por ésta y que la misma se ha practicado en la forma pactada por las partes en este contrato, conforme a los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

11. Cesión de la Ayuda

11.1 La Prestataria no podrá ceder, bajo ningún supuesto, el presente Contrato, sin el consentimiento previo y expreso de la Prestamista. No obstante, la Prestamista podrá ceder su posición en el presente Contrato sin el consentimiento previo y expreso del Prestatario.

 

12. Notificaciones

12.1 El Prestatario tiene el deber de informar al Prestamista de cualquier cambio que se produzca en la información suministrada en la Solicitud de la Ayuda.

12.2 El Mutualista acepta expresamente que la documentación legal así como las notificaciones, requerimientos y comunicaciones en general relativas a esta Ayuda se efectúen de manera electrónica, incluyendo la web www.mutualidad.com y App de la Mutualidad.

12.3 Si el Mutualista lo desea, puede solicitar en cualquier momento el envío de esta documentación legal por correo ordinario.

12.4 El Prestatario acepta expresamente la remisión, a través de mensajes cortos de texto dirigidos a su teléfono móvil que consta en las bases de datos de la Mutualidad, de las comunicaciones relativas a la Ayuda que la Mutualidad pueda efectuar en cada momento.

 

13. Modificación del Contrato

13.1 Las modificaciones de este Contrato sólo surtirán efecto cuando se pacten mediante escrito firmado por ambas Partes.

 

14. Ley aplicable

14.1 Este Contrato se rige por sus propias Cláusulas, y en lo no previsto, por las disposiciones del Código de Comercio, leyes especiales y, en su defecto, por el Código Civil.

 

15. Resolución de discrepancias

15.1 En caso de discrepancia derivada de este contrato, el Prestatario podrá formular quejas o reclamaciones mediante correo postal dirigido al Departamento de Reclamaciones y Atención al Asegurado, c/ Serrano, 9, 2ª planta, 28001-Madrid, por correo electrónico dirigido a buzon@mutualidad.com, o a través de la web https://mutualidad.com/reclamaciones-y-quejas/, en los términos establecidos en la normativa aplicable y conforme a la Regulación prevista en el Reglamento el Departamento de Reclamaciones y Atención al Asegurado de la Mutualidad General de la Abogacía.

15.2 Adicionalmente, el interesado podrá formular la correspondiente queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para lo cual será imprescindible acreditar haberla formulado previamente al Departamento de Reclamaciones y Atención al Asegurado de la Mutualidad.

15.3 Al margen de lo anterior, las Partes podrán someter la resolución de cualquier discrepancia que pudiera surgir respecto a la interpretación, ejecución y/o cumplimiento del presente Contrato a los Juzgados y Tribunales del domicilio del mutualista titular de la Ayuda.

 

16. Derecho de desistimiento

16.1 El Prestatario tiene derecho a desistir del Contrato en el plazo de catorce (14) días naturales sin necesidad de indicar los motivos y sin penalización alguna, desde la Fecha de Contratación que se establece en la Condición Particular 1.

16.2 PPara ello, deberá comunicárselo a la Mutualidad antes de que expire el plazo anterior, mediante carta por correo certificado con acuse de recibo a:

MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACÍA

AYUDA ECONÓMICA REEMBOLSABLE PARA PRIMAS

Calle Serrano, 9. – 28001 Madrid

La carta deberá estar fechada, firmada, con nombre, apellidos, NIF y dirección del Mutualista que ejercita el derecho de desistimiento.

16.3 El desistimiento se hará efectivo en el momento en que el Mutualista devuelva a Mutualidad el Principal de la Ayuda, si éste ya hubiera sido transferido, lo que deberá hacer a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo máximo de treinta días naturales a contar desde la fecha de notificación del desistimiento.

16.4 La forma de devolución del importe total del Principal será la que en cada momento determine Mutualidad.

16.5 La no devolución del Principal de la Ayuda en el plazo máximo indicado pondrá en situación de incumplimiento al Mutualista y supondrá la aplicación a la cantidad adeudada de la penalización por mora establecido en la Condición Particular 14 del presente contrato.

 

17. Validez

17.1 En caso de que cualquiera de las condiciones de este contrato sea o devenga ilegal, inválida o inaplicable conforme a la ley, ello no afectará la legalidad, la validez o el cumplimiento de las restantes condiciones.

 

18. Autoridad de supervisión

18.1 Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, es una entidad aseguradora de Previsión Social que opera en España, bajo la supervisión de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones (Avenida del General Perón, 38; 28020 Madrid (Sede Provisional)), figurando inscrita en el Registro de Entidades de Previsión Social con el nº P2131 y en el Registro Mercantil de Madrid, como Mutualidad General de la Abogacía, Tomo 22, Folio 115, Sección 8ª, Hoja 478.

 

19. Protección de Datos de Carácter Personal

19.1 La Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, con CIF V28024149, domicilio social a estos efectos en Calle de Serrano, 9, 28001, y correo electrónico buzon@mutualidad.com es la responsable del tratamiento de los datos de carácter personal del Prestatario. Contacto Delegado de Protección de Datos: proteccion.datos@mutualidad.com

19.2 Sus datos serán tratados con la finalidad de establecer, gestionar y desarrollar el contrato de Ayuda que se solicita en este acto y le vincula con la Mutualidad, así como prevención del fraude y en caso de impago realizar acciones dirigidas al recobro y la inscripción en ficheros de solvencia patrimonial. Asimismo, siempre que esté legitimada la Mutualidad tratará sus datos personales con la finalidad de informarle sobre sus actividades, productos y servicios.

19.3 La Mutualidad podrá comunicar sus datos a Prestadores de servicio que actúan como encargados de tratamiento de datos, Ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF-EQUIFAX y Experian) y empresas de recobro en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ayuda. También comunicará sus datos a terceros cuando exista una obligación legal.

19.4 Sus datos se conservarán durante la vigencia de la relación contractual y una vez finalizada la misma, se conservarán bloqueados durante el plazo exigido legalmente para la atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Cumplido el citado plazo se procederá a la supresión. En el supuesto de que, suministrados sus datos a la Mutualidad, el contrato no llegue a formalizarse, los mismos se conservarán bloqueados durante el plazo exigido legalmente para la atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento.

19.5 La base legal para el tratamiento de sus datos personales es la ejecución del contrato de la Ayuda. Con relación al tratamiento con fines de mercadotecnia directa, la base legal es el interés legítimo en poder atender mejor sus expectativas como cliente, así como el consentimiento que usted haya podido prestar. Sus datos también serán tratados en base al cumplimiento de obligaciones legales.

19.6 Usted tiene derecho a acceder a sus datos personales objeto de tratamiento, así como solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión, además de ejercer el derecho de oposición, limitación al tratamiento y de portabilidad de los datos. En caso de tratarse datos en base al consentimiento, esté podrá ser retirado en cualquier momento, sin que eso afecte a la legitimidad de los tratamientos realizados hasta la retirada. Puede ejercer sus derechos por escrito ante la Mutualidad a través de proteccion.datos@mutualidad.com

19.7 En el caso de que no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Para más información puede consultar el siguiente enlace: https://www.mutualidad.com/politica-privacidad/

 

20. Consentimiento

20.1 En prueba de conformidad, las Partes firman el presente Contrato, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del mismo. Las partes aceptan equiparar jurídicamente la firma autógrafa del Mutualista prestatario a la realizada mediante cualquier tipo de firma electrónica avanzada. Sin perjuicio de lo anterior, la Mutualidad podrá exigir cuando lo considere necesario confirmación autógrafa, comprometiéndose el Mutualista a la misma en el plazo que determine la Mutualidad.

¿Eres mutualista?

Descarga nuestra app y podrás acceder a tu espacio personal donde hacer todas tu gestiones.